Se flexibiliza la cantidad de prácticas para los afiliados al I.O.M.A

En virtud de las reuniones mantenidas entre las autoridades de la FOPBA y del IOMA, se resolvió flexibilizar la cantidad de prácticas y establecer pautas que permitan recobrar los niveles de atención que los beneficiarios tuvieron antes del inicio de la pandemia.

Por los próximos dos meses se utilizará esta nueva metodología a fin de tener datos sobre gastos estimados que permitan analizar un nuevo valor de la cápita y las correcciones que sean necesarias efectuar tanto para beneficio del afiliado como del profesional que brinda el servicio.

Las normativas para la atención serán entonces las que se detallan a continuación:

  • Códigos 01.01 y 07.01 (Consultas) no se cuentan como práctica, cuando corresponda su facturación.
  • Las Radiografías Pre y Post operatorias se encuentran incluidas en el valor de la/s práctica/s y se deben adjuntar al bono de atención como respaldatorias del tratamiento.
  • Se podrá facturar una (1) endodoncia por mes junto a la restauración de la pieza.
  • En odontopediatría se podrán facturar cuatro (4) Selladores (05.05) por afiliado.
  • Se podrán facturar hasta tres (3) prácticas por mes y por afiliado excepto en el Capítulo II que será hasta dos (2) prestaciones.
  • Código 05.01 única práctica en el mes.

IMPORTANTE:

A los efectos de evitar devoluciones de Bonos, se solicita que los mismos sean cumplimentados en todos sus ítems (con letra legible) inclusive el teléfono, bono que no se encuentre completo no ingresará al sistema de facturación.

Para evitar devoluciones por afiliado “no empadronado” se solicita la validación del mismo por el sistema TRADITUM.

CIRCULAR 64-2021 IOMA

CIRCULAR 67-2021 IOMA NORMATIVAS

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