Evitemos deudas

Recordamos que los socios debemos abonar puntualmente la cuota social de la Agremiación, la cuota de FOPBA y los servicios que recibimos y/o contratamos a través de las entidades.     

En consecuencia, cuando las sumas que tengamos para percibir por intermedio de la Agremiación no resulten suficientes para cancelar lo devengado por cuotas y servicios, debemos abonar lo que corresponda, por otro medio, en las oficinas de la AOB.              

Nos permitimos recordar que, conforme lo dispuesto en el artículo décimo segundo de nuestro estatuto, el agremiado que no cumpliere con la obligación de pagar mensualmente y por adelantado las cuotas sociales y se atrasare en tres mensualidades, podrá ser declarado cesante, implicando la cesantía la desvinculación de la entidad, con la consecuente pérdida de los derechos y beneficios que brindan nuestra Agremiación y la FOPBA, lo que incluye la de todos los servicios (seguro de mala praxis, recolección de residuos patológicos, etc.).     

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